Altura mínima Policía Nacional: ya no es un requisito
La talla mínima dejó de ser requisito de acceso a la Policía Nacional en 2023. Te contamos qué cambió, por qué y qué se exige ahora.
Altura mínima Policía Nacional: ya no es un requisito
Si llevas tiempo informándote sobre la oposición a la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía es posible que hayas leído en foros antiguos que existía una talla mínima obligatoria para presentarte. Esa exigencia desapareció hace varios años y, sin embargo, sigue siendo una de las dudas más buscadas por los opositores que empiezan a prepararse de cara a la convocatoria BAS 43 de 2026. En este artículo aclaramos qué decía la normativa anterior, cuándo y por qué cambió, y qué se evalúa ahora en su lugar.
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Qué exigía la normativa antes del cambio
Hasta la entrada en vigor del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de selección y formación de Policía Nacional, la estatura mínima exigida para el ingreso en la Escala Básica era de 1,65 metros para los hombres y 1,60 metros para las mujeres. Este requisito actuaba como causa de exclusión automática en el reconocimiento médico, independientemente de la condición física real del aspirante, y llevaba décadas siendo objeto de crítica por su impacto desigual entre hombres y mujeres.
El Real Decreto 853/2022 y la eliminación de la talla
El Real Decreto 853/2022 suprimió la estatura mínima como requisito general de acceso al Cuerpo Nacional de Policía. La medida se enmarca en una revisión más amplia de los procesos selectivos impulsada tras varios pronunciamientos judiciales que cuestionaron que una diferencia de cinco centímetros entre el límite exigido a hombres y a mujeres tuviera una justificación objetiva, ya que el límite femenino quedaba muy cerca de la estatura media de las mujeres en España. Desde la aplicación de esta reforma, las convocatorias de la Escala Básica y la Escala Ejecutiva no incluyen la talla entre los requisitos de admisión.
Las excepciones: UIP, UPR y GEO
La eliminación de la talla mínima no es universal dentro del Cuerpo Nacional de Policía. Determinadas unidades operativas especiales, como la Unidad de Intervención Policial (UIP), la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) o el Grupo Especial de Operaciones (GEO), pueden mantener requisitos específicos de estatura cuando estos resultan objetivamente necesarios para el desempeño de funciones muy concretas, como el uso de determinado equipamiento o vehículos. Estos requisitos se regulan en las convocatorias propias de acceso a esas unidades, no en la oposición de ingreso a la Escala Básica.
Qué se evalúa ahora en su lugar
Sin el filtro de la talla, el proceso selectivo pone el peso en pruebas físicas objetivas que miden fuerza, velocidad, resistencia y agilidad, comunes a todos los aspirantes con independencia de su estatura. A esto se suma el reconocimiento médico, que sigue descartando patologías incompatibles con el servicio, y el resto de fases del proceso: el examen de conocimientos tipo test, los psicotécnicos, el cuestionario de información biográfica (CIB) y la entrevista personal. En la práctica, esto significa que tu preparación debe centrarse en llegar en forma a las pruebas físicas, no en preocuparte por centímetros que ya no cuentan.
Por qué te interesa de cara a la convocatoria 2026
Con la nueva convocatoria BAS 43 prevista para publicarse el 10 de julio de 2026 y el examen fijado para el 26 de septiembre, conviene tener claro desde el primer día qué requisitos son reales y cuáles son mitos que circulan entre opositores. Saber que la talla no es un obstáculo te permite enfocar el tiempo de preparación en lo que sí decide la plaza: el dominio del temario, la velocidad en el test y una condición física sólida. Si tienes dudas sobre algún otro requisito de acceso, consulta siempre el Portal del Aspirante de la Policía Nacional o el texto oficial de la convocatoria publicado en el BOE antes de descartarte por error.