Cuerpo de Bomberos de la Generalitat de Cataluña, bombero/a de primera de la escala técnica

Requisitos de Bomberos de la Generalitat 2026

Los que exige la convocatoria, tal cual vienen en el DOGC. Y, sobre todo, los que no existen: mucha gente se descarta sola por requisitos que ya no están.

Dudas frecuentes: qué se exige y qué no

Sí

¿Basta con el permiso B?

No. Hace falta el permiso de la clase C, y además sin la limitación del código 78, que es la que llevan los permisos obtenidos solo con cambio automático. Es el requisito que más gente deja fuera, porque sacarse el C lleva meses y dinero: si te lo planteas, empieza por ahí antes que por el temario.

Sí

¿Hace falta el nivel C1 de catalán?

Sí. A diferencia de los Mossos, aquí el nivel de suficiencia de catalán es un requisito. Quien no lo acredite tiene que hacer un ejercicio de lengua catalana dentro del proceso, eliminatorio, que se supera con un 70 % como mínimo.

Sí

¿Cuánto cuesta apuntarse?

La tasa ordinaria es de 42,20 €. Baja a 29,55 € o a 21,10 € según la bonificación, y no se paga si durante el plazo estás en paro inscrito en la oficina de trabajo y sin ninguna prestación.

No

¿Hay edad máxima?

No hay un límite propio más allá de no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

No

¿Con la ESO puedo presentarme?

No. La titulación mínima es el bachillerato, un ciclo de grado medio de técnico o equivalente.

No

¿Hay altura mínima?

No. La convocatoria no recoge ninguna talla mínima entre las condiciones de participación.

Requisitos que sí exige la convocatoria

Los requisitos había que cumplirlos el día en que se cerró el plazo de presentación de solicitudes —el 29 de septiembre de 2026— y mantenerlos hasta la toma de posesión. Los de lengua catalana y castellana son la excepción: se pueden acreditar más tarde, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de los resultados de la prueba de oficios.

  • Tener la nacionalidad española o la de un estado miembro de la Unión Europea.
  • Haber cumplido 18 años y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.
  • Tener el título de bachillerato, técnico o equivalente. Con la ESO no basta.
  • Tener el permiso de conducir de la clase C en vigor, sin la limitación del código 78.
  • Acreditar el nivel de suficiencia de catalán (C1) o equivalente.
  • Acreditar el nivel C1 de castellano, solo si no tienes la nacionalidad española.
  • No haber sido separado del servicio de ninguna administración pública ni estar inhabilitado.
  • No constar en el Registro Central de Delincuentes Sexuales ni tener antecedentes penales.
  • Tener la capacidad física y psíquica para ejercer las funciones del cuerpo.
  • Haber pagado la tasa de inscripción, si no estás en un supuesto de exención.

Fuente: DOGC 9751, Resolución ISP/3218/2026, de 10 de septiembre, de convocatoria del proceso selectivo 81/26.

El permiso C, sin la limitación del código 78

Es el requisito que deja fuera a más gente y el que más tarda en resolverse. No vale el B: hace falta el permiso de la clase C en vigor, y además sin el código 78, que es el que llevan los permisos obtenidos examinándose con cambio automático. Sacarse el C lleva meses y dinero, así que si te lo planteas, empieza por ahí y no por el temario.

Cómo se comprueba

La Generalitat consulta los datos a la DGT, salvo que te opongas expresamente en la solicitud; si te opones, tienes que aportar tú la documentación dentro del plazo.

El cuadro médico de exclusiones

Además de los requisitos de arriba, hay que no estar incluido en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica del cuadro de exclusiones médicas del anexo 5 de la Resolución ISP/3218/2026, que la convocatoria publica en su anexo 5, con catorce apartados: oftalmología, otorrinolaringología, aparato locomotor, digestivo, cardiovascular, respiratorio, sistema nervioso central, procesos renales, piel, endocrinología y otros.

Se comprueba en la prueba médica, la quinta de la fase de oposición. Incluye como mínimo análisis de orina y de sangre, electrocardiograma y audiometría, y empieza con un cuestionario médico con declaración jurada: omitir datos o falsearlos excluye del proceso automáticamente.

cuadro de exclusiones médicas del anexo 5 de la Resolución ISP/3218/2026

Los umbrales médicos que más dudas generan

El anexo 5 no se limita a enumerar apartados: fija cifras. Esto es lo que dice, casi literalmente, sobre los puntos más consultados. No es una lista completa; para el resto, consulta el anexo.

Vista
La agudeza visual lejana, medida sin corrección, tiene que ser superior o igual a 0,6 en los dos ojos, e igual o superior a 0,8 en visión lejana binocular con corrección (test de Snellen o equivalente). También excluyen la retinopatía (se admite la coriorretinitis central serosa), la retinosis pigmentaria, la hemeralopía, la hemianopsia, la diplopía, el glaucoma y la visión monocular.
Visión de los colores
Excluyen la protanopia, la deuteranopia y la acromatopsia. El sentido cromático se mide con el test de Ishihara, y a quien no lo supere se le hace el de Farnsworth-Munsell. El anexo no dice qué puntuación se exige en este segundo test.
Oído
No se admiten el uso de audífono ni pérdidas de agudeza auditiva bilaterales superiores a 35 decibelios en frecuencias conversacionales (de 500 a 3.000 Hz), ni pérdida superior a 50 dB en cualquier oído a 4.000 Hz. También excluyen el vértigo de cualquier etiología, la perforación timpánica y la anosmia.
Aparato locomotor
No se admiten grados de movilidad inferiores a los del anexo (por ejemplo, elevación del hombro hasta 150 grados, flexión de la cadera hasta 100 y flexión de la rodilla hasta 120). Excluyen también la escoliosis estructurada superior a 20 grados o con sintomatología, la hernia discal con sintomatología y el uso de prótesis de cadera, rodilla, hombro o codo.
Corazón y circulación
Entre otros, excluyen haber sufrido un infarto de miocardio, el marcapasos implantado permanente, el síndrome de Wolf-Parkinson-White, la fibrilación auricular, las valvulopatías y los síncopes vasovagales.
Aparato respiratorio
Excluyen una FVC por debajo del 80 % y un FEV1 por debajo del 75 % del teórico por edad, sexo, peso y altura, y las enfermedades respiratorias con repercusión permanente u ocasional de la función respiratoria: el anexo cita la EPOC, la bronquitis crónica, el enfisema y el asma bronquial, sin detallar su gravedad. También el síndrome de apnea obstructiva del sueño.
Peso y diabetes
Obesidad mórbida constatada con un IMC de 40 o superior, o de 35 o superior si hay al menos una morbilidad significativa como diabetes o hipertensión arterial. Diabetes tipo I o II en tratamiento con insulinas, con complicaciones avanzadas o con control insuficiente (hemoglobina glicosilada por encima del 8 % en el último año).
Análisis y drogas
Hipercolesterolemia superior a 240 mg/dl y procesos que requieran tratamiento anticoagulante. El apartado 12 excluye el alcoholismo y la detección de marcadores biológicos de consumo de drogas de abuso o de medicamentos con fines no terapéuticos a un nivel de abuso, y dice que en la revisión médica se hará un test de detección de drogas.

El apartado 14 es el más importante: cualquier afectación que sea motivo de exclusión y que la persona participante conozca, si no la notifica en el cuestionario médico orientativo, también es motivo de exclusión. Las pruebas médicas se pueden repetir durante el curso selectivo y las prácticas.

¿Qué vista hace falta para ser bombero de la Generalitat?

Según el anexo 5 de la 81/26, la agudeza visual lejana sin corrección tiene que ser igual o superior a 0,6 en cada ojo e igual o superior a 0,8 en visión binocular con corrección (test de Snellen o equivalente). La visión monocular y la diplopía excluyen.

¿Puedo ser bombero con asma?

El anexo 5 incluye el asma bronquial entre las enfermedades respiratorias de exclusión, sin detallar su gravedad. Quien la tenga debe declararlo en el cuestionario médico, y es el servicio médico del tribunal quien evalúa cada caso.

¿Puedo ser bombero si soy daltónico?

El anexo 5 excluye la protanopia, la deuteranopia y la acromatopsia. El sentido cromático se mide con el test de Ishihara, y quien no lo supere hace el de Farnsworth-Munsell. El anexo no concreta qué puntuación se exige.

¿Qué IMC excluye para ser bombero?

El anexo 5 excluye la obesidad mórbida constatada con un IMC de 40 o superior, o de 35 o superior si hay al menos una morbilidad significativa, como diabetes o hipertensión arterial.

La tasa ordinaria es de 42,20 €. Con bonificación de familia monoparental o numerosa general, 29,55 €; con la de categoría especial y para mujeres víctimas de violencia machista y sus hijos o hijas dependientes, 21,10 €. Están exentas las personas que durante el plazo estén inscritas en la oficina de trabajo y no cobren ninguna prestación.

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