Excedencia voluntaria en la Policía Nacional: requisitos
Tipos de excedencia voluntaria en la Policía Nacional: interés particular, agrupación familiar y cuidado de hijos o familiares. Requisitos y duración.
Excedencia voluntaria en la Policía Nacional: tipos, requisitos y duración
La Ley Orgánica 9/2015, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, regula varias modalidades de excedencia voluntaria para los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Cada una tiene requisitos, duración y condiciones de reingreso distintas, por lo que conviene conocerlas antes de solicitar una.
En este artículo repasamos las principales modalidades: por interés particular, por agrupación familiar y por cuidado de hijos o familiares, además de qué implica el reingreso al servicio activo.

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Modalidades de excedencia voluntaria en la Policía Nacional
La Ley Orgánica 9/2015 recoge distintas situaciones administrativas de excedencia voluntaria para los policías nacionales, cada una pensada para circunstancias personales o profesionales diferentes.
Las dos modalidades más solicitadas son la excedencia por interés particular y la excedencia por cuidado de hijos o familiares, que repasamos con más detalle a continuación.
- Excedencia voluntaria por interés particular
- Excedencia voluntaria por agrupación familiar
- Excedencia por cuidado de hijos o familiares
- Excedencia por razón de violencia de género
- Excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público
Excedencia por interés particular: requisitos y duración
Para solicitar la excedencia voluntaria por interés particular es necesario haber prestado servicio activo o estar en servicios especiales durante un mínimo de 5 años inmediatamente anteriores a la petición.
La Ley Orgánica 9/2015 redujo la duración mínima de esta excedencia de 2 a 1 año, por lo que el funcionario puede solicitar el reingreso al cumplirse ese primer año si lo considera conveniente, sin obligación de prolongarla.
- Requisito: haber estado en servicio activo o servicios especiales durante al menos 5 años inmediatamente anteriores a la solicitud
- Duración mínima: 1 año (se redujo de 2 a 1 año)
- No conlleva reserva de plaza ni de destino
Excedencia por agrupación familiar
Esta modalidad está pensada para los policías nacionales cuyo cónyuge o pareja resida en otra localidad por haber obtenido un puesto de trabajo definitivo como funcionario de carrera o personal laboral fijo en cualquier administración pública.
A diferencia de la excedencia por interés particular, no exige un periodo mínimo de servicios previos. La duración mínima de permanencia es de 1 año, tras el cual se puede solicitar el reingreso al servicio activo.
Excedencia por cuidado de hijos o familiares
La excedencia por cuidado de hijos tiene una duración máxima de 3 años por cada hijo, contados desde la fecha de nacimiento o, en caso de adopción o acogimiento, desde la resolución judicial o administrativa correspondiente.
El mismo plazo máximo de 3 años se aplica al cuidado de un familiar a cargo, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, que no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. A diferencia de otras modalidades, quienes se encuentran en esta situación (o en excedencia por violencia de género) pueden presentarse a procesos de promoción interna.
- Duración máxima: 3 años por cada hijo (nacimiento, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo)
- Mismo máximo de 3 años para el cuidado de un familiar hasta segundo grado que no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida
- Quienes están en esta situación pueden participar en procesos de promoción interna
Cómo se solicita el reingreso al servicio activo
El reingreso desde una situación de excedencia que no conlleva reserva de plaza queda condicionado al cumplimiento de dos requisitos: acreditar las condiciones psicofísicas necesarias para el servicio y superar un curso de actualización, que no tiene carácter selectivo.
Es importante planificar el reingreso con antelación, ya que estos trámites (revisión médica y curso de actualización) requieren tiempo de gestión antes de la reincorporación efectiva al puesto.
Preguntas frecuentes sobre la excedencia voluntaria en la Policía Nacional