Excedencia voluntaria Guardia Civil: requisitos y duración
Tipos de excedencia voluntaria en la Guardia Civil, requisitos, duración mínima y cómo funciona el reingreso al servicio activo.
Excedencia voluntaria en la Guardia Civil: qué debes saber
Además de la carrera operativa, la Ley 29/2014, de Régimen del Personal de la Guardia Civil, regula las situaciones administrativas en las que puede encontrarse un guardia civil sin dejar de pertenecer al Cuerpo. Una de las más solicitadas es la excedencia voluntaria, que permite suspender temporalmente la actividad de servicio por motivos personales, familiares o profesionales. Conocer sus modalidades, requisitos y plazos es útil tanto para quienes ya visten el uniforme como para quienes preparan la oposición y quieren entender cómo funciona la carrera profesional del Cuerpo.
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Las modalidades de excedencia voluntaria
La Ley 29/2014 contempla varias clases de excedencia voluntaria, cada una con requisitos y plazos distintos: por interés particular, por agrupación familiar, por cuidado de familiares y por razón de violencia de género. Todas ellas se tramitan como situaciones administrativas distintas del servicio activo, reguladas en el artículo 90 de la ley y desarrolladas en el Real Decreto 728/2017, que aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas.
Excedencia por interés particular
Puede solicitarla el guardia civil que cumpla el tiempo de servicios reglamentario, siempre que no esté designado para participar en misiones fuera del territorio nacional ni se le esté instruyendo un procedimiento disciplinario, y con el preaviso reglamentario equivalente al establecido para los funcionarios de la Administración General del Estado. La permanencia mínima en esta situación es de dos años. Durante ese tiempo, la condición de guardia civil queda en suspenso: no se generan retribuciones, no computa a efectos de tiempo de servicio, trienios ni Seguridad Social, y el interesado no es evaluado para el ascenso, aunque puede ascender durante los dos primeros años si ya cumplía las condiciones para ello.
Excedencia por agrupación familiar
A diferencia de la anterior, esta modalidad no exige un tiempo mínimo de servicios previo. Se concede cuando el cónyuge del guardia civil reside en otro municipio por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo fijo como funcionario de carrera o laboral en cualquier Administración Pública, organismo público o entidad de derecho público vinculada a ella, en órganos constitucionales o del Poder Judicial, en la Unión Europea o en organizaciones internacionales. La permanencia mínima también es de dos años, tras los cuales el interesado se mantiene en el escalafón en el puesto que ocupaba, sin evaluación para el ascenso.
Excedencia por cuidado de hijos o familiares
Esta excedencia se reconoce para el cuidado de cada hijo, ya sea por naturaleza, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, así como para el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. El periodo máximo reconocido es de tres años, que se cuenta desde la fecha de nacimiento o de la resolución judicial o administrativa correspondiente en el caso de adopción o acogimiento.
Cómo funciona el reingreso al servicio activo
Al finalizar cualquiera de estas excedencias, el guardia civil recupera su condición plena y se reincorpora al servicio activo, pero no siempre conserva el destino que tenía antes de solicitarla: en la excedencia por interés particular, la pérdida del puesto es definitiva y el reingreso se produce por los procedimientos ordinarios de provisión de destinos vigentes en ese momento. Por eso conviene valorar con calma el momento y la modalidad antes de solicitar la excedencia, especialmente si se tiene un destino consolidado.
Por qué te interesa esta normativa si estás opositando
La Ley 29/2014 de Régimen del Personal de la Guardia Civil forma parte del temario de la oposición a la Escala de Cabos y Guardias, y las situaciones administrativas —entre ellas la excedencia— son un clásico de las preguntas tipo test. Más allá del examen, entender cómo funciona la excedencia te da una visión realista de la flexibilidad y las limitaciones de la carrera profesional en el Cuerpo, algo que muchos opositores no valoran hasta que ya están destinados. Practicar test específicos sobre la Ley 29/2014 ayuda a fijar plazos, requisitos y modalidades antes del examen.