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Segunda actividad Guardia Civil: reserva, edad y sueldo 2026

Tu Oposición··4 min

¿Existe la segunda actividad en la Guardia Civil? Se llama situación de reserva. Descubre a qué edad se accede, qué cobra el guardia civil y cómo funciona según la Ley 29/2014.

¿Existe la segunda actividad en la Guardia Civil?

Cuando opositores y guardias civiles buscan segunda actividad Guardia Civil, muchos esperan encontrar una figura idéntica a la del Cuerpo Nacional de Policía. En la Guardia Civil esa denominación no existe: el equivalente se llama situación de reserva y está regulado en el artículo 93 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil. Funciona de forma parecida —pase a funciones no operativas manteniendo empleo y sueldo— pero con reglas propias que conviene conocer antes de entrar al cuerpo.

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¿Qué es la situación de reserva en la Guardia Civil?

La situación de reserva es una situación administrativa reconocida por la Ley 29/2014 (artículo 93) en la que el guardia civil deja las funciones operativas —patrulla, intervención, servicios de armas— y pasa a desempeñar cometidos de apoyo, formación o administración dentro del cuerpo. Se mantiene el empleo, el rango y el uniforme. No es jubilación ni baja: el guardia civil sigue perteneciendo activamente al cuerpo.

La principal diferencia respecto a la segunda actividad del Cuerpo Nacional de Policía es terminológica y de regulación específica. En la Guardia Civil, la reserva está regulada en la Ley 29/2014 y en el Real Decreto 728/2017 que la desarrolla.

  • Figura propia de la Guardia Civil: situación de reserva (Ley 29/2014, art. 93)
  • No es jubilación: el guardia civil sigue en el cuerpo con funciones de apoyo
  • Se mantienen empleo, rango y uniforme
  • No confundir con la segunda actividad del Cuerpo Nacional de Policía

¿A qué edad se pasa a la reserva en la Guardia Civil?

Para la escala de Cabos y Guardias, el pase a la situación de reserva se produce al cumplir 58 años. Se requiere haber completado al menos 20 años de servicio efectivo desde que se adquirió la condición de guardia civil. Cumplidos la edad y el tiempo mínimo de servicio, el pase puede producirse de oficio o a solicitud del interesado.

El retiro definitivo del cuerpo se produce a los 65 años para todos los integrantes, independientemente de la escala. Entre los 58 y los 65 años, el guardia civil en situación de reserva permanece adscrito al cuerpo con las funciones que le sean asignadas.

  • Escala de Cabos y Guardias: reserva a los 58 años
  • Servicio mínimo exigido: 20 años como guardia civil
  • Retiro definitivo (forzoso): 65 años para todas las escalas
  • Período de reserva: entre los 58 y los 65 años

Sueldo del guardia civil en situación de reserva

Durante la situación de reserva, los guardias civiles de la escala de Cabos y Guardias conservan sus retribuciones de servicio activo hasta los 63 años. Esto incluye el sueldo base, el complemento de destino y el complemento específico. El tiempo en reserva computa para trienios, antigüedad y derechos de Seguridad Social: no hay ninguna merma económica durante este período.

A partir de los 63 años, las retribuciones se adaptan al régimen específico de personal en reserva sin destino asignado, recogido en el Real Decreto 950/2005 de retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

  • Retribuciones de activo íntegras hasta los 63 años
  • Trienios y antigüedad siguen acumulándose en situación de reserva
  • A partir de los 63 años: régimen retributivo de reserva sin destino (RD 950/2005)
  • Todo el período en reserva computa para la pensión de Seguridad Social

Causas del pase a la situación de reserva en la Guardia Civil

El pase a la reserva puede ser de oficio al cumplir los 58 años, o anticipado a solicitud del interesado por razones de salud o aptitud psicofísica acreditada. También puede producirse de forma forzosa por incapacidad sobrevenida durante el servicio, evaluada por las juntas médicas competentes del cuerpo.

En todos los supuestos el guardia civil mantiene su empleo y las retribuciones que le correspondan. La diferencia entre unos y otros afecta al momento del pase y a la posibilidad de solicitar el retorno al servicio activo, que queda condicionada a nueva evaluación médica.

  • Pase de oficio: al cumplir 58 años (automático salvo solicitud de continuación)
  • Pase voluntario anticipado: por razones médicas o psicofísicas acreditadas
  • Pase forzoso: por incapacidad sobrevenida durante el servicio
  • En todos los casos se mantienen empleo y retribuciones correspondientes

Preguntas frecuentes sobre la segunda actividad en la Guardia Civil

Segunda actividad es el término del Cuerpo Nacional de Policía. En la Guardia Civil la figura equivalente se llama situación de reserva, regulada en el artículo 93 de la Ley 29/2014. Funcionalmente son parecidas —pase a funciones no operativas con sueldo íntegro— pero tienen regulación distinta y no deben confundirse.

Los guardias civiles en reserva mantienen sus retribuciones de activo íntegras hasta los 63 años: sueldo base, complemento de destino y complemento específico. A partir de los 63 años, las retribuciones se ajustan al régimen de reserva sin destino establecido en el Real Decreto 950/2005.

Sí. La situación de reserva no supone baja del cuerpo. El guardia civil en reserva puede ser asignado a funciones de apoyo, formación o tareas administrativas. Sigue perteneciendo al cuerpo y puede desempeñar los cometidos que le sean encomendados.

Sí. El tiempo en situación de reserva computa para trienios, antigüedad y también para el cálculo de la pensión de retiro según la normativa de Seguridad Social aplicable. No existe penalización en términos de cotización por estar en reserva.

El retiro forzoso se produce a los 65 años para todos los integrantes del cuerpo, independientemente de la escala. Desde los 58 años, el guardia civil puede estar en situación de reserva. También existe la posibilidad de retiro voluntario antes de los 65 si se cumplen los requisitos de años de servicio establecidos por la normativa de clases pasivas.