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¿Puedo ser Guardia Civil con gafas o la vista operada?

Tu Oposición··5 min

Requisitos de visión para la Guardia Civil: agudeza mínima, dioptrías de miopía permitidas y si la cirugía láser es compatible con el ingreso en el cuerpo.

¿Se puede opositar a Guardia Civil con gafas o miopía operada?

Uno de los requisitos que más dudas genera al preparar la Escala de Cabos y Guardias es el estado de la vista. ¿Te deja fuera llevar gafas? ¿Y si te has operado de miopía con láser? La normativa no excluye por llevar corrección óptica, pero sí fija límites y condiciones concretas que conviene conocer antes de presentarte.

En este artículo repasamos qué exige el cuadro médico de exclusiones sobre agudeza visual, qué graduación de miopía es compatible y en qué casos la cirugía refractiva no es motivo de exclusión.

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Qué agudeza visual exige el cuadro médico de la Guardia Civil

El ingreso en la Escala de Cabos y Guardias, como cuerpo de naturaleza militar, se rige por el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en centros docentes militares de formación (Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, BOE-A-2019-319). El apartado del aparato de la visión exige una agudeza visual mínima, con o sin corrección, superior a 0,7 en ambos ojos.

Además del valor de agudeza, el tribunal médico revisa que no exista patología ocular activa (retina, glaucoma, degeneración macular) y valora el campo visual y la visión cromática, especialmente relevante por el uso de armamento y vehículos en el servicio.

  • Agudeza visual mínima, con o sin corrección: superior a 0,7 en cada ojo
  • Se valora también el campo visual y la visión de los colores
  • Ausencia de patología ocular activa asociada
  • El criterio último lo aplica el tribunal médico de la convocatoria

¿Puedo opositar si tengo miopía y uso gafas o lentillas?

Llevar gafas o lentillas no excluye del proceso selectivo. Las fuentes especializadas en reconocimientos médicos de oposiciones de seguridad sitúan el límite orientativo de miopía compatible en torno a -3 dioptrías, con un astigmatismo máximo de en torno a +/-2 dioptrías, siempre que con la corrección se alcance la agudeza exigida y no haya complicaciones asociadas.

Si tu graduación se mueve en ese rango, no deberías tener problema. Si es más alta, el resultado dependerá de la exploración oftalmológica completa en el reconocimiento médico, por lo que conviene llevar tu historial y, si tienes dudas, consultarlo antes con un oftalmólogo.

Miopía operada: ¿el láser (LASIK o PRK) te excluye?

La cirugía refractiva corneal para corregir miopía, hipermetropía o astigmatismo no se considera, con carácter general, motivo de exclusión. Lo que exige el tribunal médico es que el resultado esté estabilizado y sin secuelas: sin irregularidades corneales, sin pérdida de campo visual ni halos que limiten la visión nocturna.

Como referencia orientativa que manejan los servicios de reconocimiento médico, se recomienda que hayan pasado al menos 60 días desde la intervención, siendo preferible una estabilización de varios meses antes del reconocimiento. Lleva siempre el informe del oftalmólogo con la fecha de la cirugía y las revisiones posteriores.

  • Lleva el informe de la cirugía y las revisiones posteriores
  • Comprueba que no hay complicaciones ni secuelas corneales
  • Cuanto más tiempo de estabilización, mejor para el reconocimiento
  • La cirugía intraocular (distinta del láser corneal) sí puede ser excluyente

Qué sí puede ser motivo de exclusión en el apartado de visión

El cuadro médico contempla como excluyentes situaciones como la pérdida o atrofia de un globo ocular, patologías retinianas activas, defectos relevantes del campo visual y determinadas cirugías intraoculares (implantes de lentes, cirugía de cataratas), que son distintas de la cirugía refractiva corneal tipo LASIK o PRK.

Si tu caso incluye alguna de estas circunstancias, lo más fiable es consultarlo con un oftalmólogo y, si es posible, con el tribunal médico antes de presentar la instancia, ya que el criterio final se aplica de forma individualizada en el reconocimiento.

Preguntas frecuentes sobre la vista y el ingreso en la Guardia Civil

Sí. Llevar gafas o lentillas no es causa de exclusión, siempre que con la corrección alcances la agudeza visual exigida y no existan patologías oculares asociadas.

El límite orientativo que manejan los reconocimientos médicos ronda las -3 dioptrías de miopía y +/-2 dioptrías de astigmatismo, aunque el criterio definitivo lo marca la exploración oftalmológica completa del tribunal médico.

No, con carácter general, siempre que el resultado esté estabilizado, sin complicaciones ni secuelas, y se cumpla la agudeza visual mínima exigida. Se recomienda esperar al menos 60 días desde la intervención antes del reconocimiento.

El cuadro médico de exclusiones para el ingreso en centros docentes militares de formación, aprobado por Orden PCI/6/2019, de 11 de enero (BOE-A-2019-319), aplicable por la naturaleza militar del cuerpo.

Patologías oculares activas, pérdida de un globo ocular, defectos relevantes del campo visual o determinadas cirugías intraoculares distintas del láser corneal. El tribunal médico valora cada caso de forma individual.