Volver al blog
normativacondiciones laboralesinformativo

Compatibilidad en Correos: ¿puedes tener otro empleo?

Tu Oposición··4 min

Si preparas la oposición de Correos, ¿podrás compaginar tu plaza con otro empleo? Te explicamos qué permite la ley de incompatibilidades y qué no.

Compatibilidad en Correos: ¿puedes tener otro empleo?

Si preparas la oposición de Correos y ya trabajas —o piensas seguir haciéndolo cuando obtengas plaza—, una duda aparece pronto: ¿podré compaginar mi puesto con otra actividad? La respuesta corta es sí, pero con condiciones. Correos es una sociedad estatal de capital 100 % público, así que su personal está sujeto a la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Te explicamos, sin letra pequeña, qué permite esa norma y qué no.

Empieza a prepararla ahora

Tienes todo el material gratis. Tú decides por dónde.

Test gratis

Preguntas reales de Correos con corrección al momento.

Empezar test

Flashcards

Memoriza el temario con repetición espaciada.

Probar flashcards

¿Por qué a Correos le afecta esta ley?

Aunque el personal operativo de Correos es personal laboral y no funcionario, la Ley 53/1984 no distingue por el tipo de contrato: se aplica a todo el personal al servicio del sector público. Su artículo 2 incluye expresamente a las sociedades mercantiles en las que la participación pública supera el 50 %. Correos y Telégrafos, S.A. pertenece íntegramente al Estado a través del grupo SEPI, de modo que quien obtiene plaza queda dentro del ámbito de esta norma. En la práctica, eso significa que compatibilizar tu puesto con otra actividad no depende solo de tu voluntad: en muchos casos exige una autorización previa por escrito.

La regla general: un solo empleo público

El principio de la ley es claro: nadie puede desempeñar más de un puesto de trabajo en el sector público. Si ya trabajas en otra Administración, organismo o empresa pública y obtienes plaza en Correos, tendrás que optar por uno de los dos en un plazo de tres meses. Solo de forma excepcional se autoriza un segundo puesto público —por ejemplo, ciertas actividades docentes o sanitarias— y siempre mediante una resolución expresa de compatibilidad. No es lo habitual, así que conviene no dar por hecho que podrás mantener dos nóminas públicas a la vez.

Correos y un trabajo en el sector privado

Compaginar tu plaza con una actividad privada, por cuenta ajena o como autónomo, sí es posible en muchos casos, pero requiere el reconocimiento previo de compatibilidad. La autorización se deniega cuando la actividad privada se relaciona con los asuntos que gestiona tu unidad, cuando puede comprometer tu imparcialidad o independencia, o cuando impide o menoscaba el cumplimiento de tus obligaciones. Un ejemplo compatible sería un empleo de fin de semana ajeno por completo a la actividad postal; uno problemático, colaborar con una empresa de paquetería que compita o contrate con Correos. La clave está en solicitarlo antes de empezar, nunca después.

Lo que puedes hacer sin pedir permiso

No toda actividad exige tramitar una compatibilidad. La ley deja fuera de su régimen algunas ocupaciones: la administración de tu patrimonio personal o familiar, la producción y creación literaria, artística, científica o técnica y las publicaciones que se deriven de ella, la participación ocasional en conferencias, seminarios o cursos, o la mera pertenencia a academias y consejos sin retribución fija. Percibir el alquiler de un piso, vender tus cuadros o impartir una charla puntual, por tanto, no te obliga a pedir autorización. Ahora bien, si esa actividad deja de ser ocasional y pasa a ser habitual y remunerada, la frontera se difumina: ante la duda, pregunta a Recursos Humanos.

Los límites: jornada, sueldo e imparcialidad

Aunque te concedan la compatibilidad, hay topes que no se pueden saltar. El reconocimiento no puede alterar tu jornada ni tu horario en Correos: tu puesto principal manda y la segunda actividad no puede desarrollarse dentro de ese horario. Existe además un límite retributivo global entre ambas ocupaciones. Y por encima de todo está el deber de imparcialidad: ninguna actividad puede ponerte en conflicto con los intereses del servicio postal. Saltarse estas reglas no es un asunto menor, porque ejercer una segunda actividad sin la compatibilidad autorizada puede derivar en responsabilidad disciplinaria.

Cómo se pide y consejos prácticos

El procedimiento se inicia con una solicitud dirigida al órgano competente en materia de personal, en la que describes la otra actividad, su horario y su naturaleza. La resolución motivada debe dictarse en un plazo aproximado de dos meses; hasta obtenerla, lo prudente es no iniciar el segundo empleo. Tres consejos: pide siempre la compatibilidad por escrito y guarda copia; sé transparente sobre en qué consiste la otra actividad; y recuerda que, si lo que buscas es estabilidad, una plaza en Correos ya ofrece continuidad y condiciones que muchas veces hacen innecesario el segundo empleo. Mientras preparas el examen, centra tu energía en lo que sí controlas: dominar el temario y practicar test hasta asegurar la plaza.