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Contrato en Correos: laboral indefinido vs funcionario — diferencias clave

Tu Oposición··5 min

¿Los trabajadores de Correos son funcionarios? No: son personal laboral indefinido de empresa pública SEPI. Descubre qué implica en derechos, estabilidad y condiciones.

¿Correos es empresa pública o Administración? El contrato del Personal Operativo explicado

Una de las dudas más habituales entre quienes se plantean presentarse al proceso selectivo de Correos es si van a ser funcionarios. La respuesta es no: Correos es una Sociedad Estatal bajo el paraguas de la SEPI y sus trabajadores tienen la condición de personal laboral indefinido, no de funcionarios públicos.

Aunque la diferencia no afecta a la forma de prepararse (el examen tipo test es igual de exigente), sí influye en tus derechos y condiciones laborales. En tuoposicion.com encontrarás todos los recursos para preparar el test y las flashcards con el contenido del convenio.

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¿Qué es la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos? Su relación con la SEPI

La Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. SME es una empresa pública española cuyo capital pertenece al Estado a través de la SEPI (Sociedad Estatal de Participaciones Industriales). Esto la diferencia de los organismos de la Administración General del Estado (AGE).

Al ser una empresa pública y no una Administración, Correos se rige por el Derecho Laboral (Estatuto de los Trabajadores) y por su propio convenio colectivo, no por la normativa de la función pública.

  • Régimen jurídico: Derecho Laboral y IV Convenio Colectivo de Correos
  • Control accionarial: 100% estatal a través de SEPI
  • Presupuesto: propio (no Presupuestos Generales del Estado)
  • Proceso selectivo: convocado por la propia empresa, no por el Ministerio

¿Qué diferencias hay entre ser personal laboral fijo en Correos y ser funcionario?

Las diferencias entre el personal laboral indefinido de Correos y los funcionarios de la Administración son relevantes:

  • Inamovilidad: los funcionarios tienen mayor protección frente al despido que el personal laboral
  • Régimen disciplinario: los funcionarios se rigen por la normativa de función pública; los de Correos por el convenio y el ET
  • Mutualismo: los funcionarios pueden estar en MUFACE/MUGEJU; los trabajadores de Correos cotizan al Régimen General
  • Movilidad: los funcionarios pueden solicitar traslado a cualquier organismo público; en Correos la movilidad se rige por el convenio
  • Jubilación: a los mismos tipos y condiciones del Sistema General de la Seguridad Social

¿Qué ventajas tiene el empleo indefinido en Correos respecto al sector privado?

Aunque no son funcionarios, los trabajadores de Correos disfrutan de una estabilidad laboral muy superior a la media del sector privado. El carácter público de la empresa implica que los despidos masivos son prácticamente inexistentes y que el salario se actualiza mediante convenio negociado.

El IV Convenio Colectivo de Correos incluye cláusulas sobre jornada, vacaciones, permisos, formación continua y beneficios sociales que van más allá de lo que establece el Estatuto de los Trabajadores como mínimo.

Preguntas frecuentes sobre el contrato en Correos

No. Al superar el proceso selectivo y ser contratado, tendrás la condición de personal laboral indefinido (contrato fijo) en una empresa pública, pero no serás funcionario de carrera. Tu relación laboral se rige por el IV Convenio Colectivo de Correos y el Estatuto de los Trabajadores.
La estabilidad es elevada dado el carácter público de la empresa. Históricamente, Correos no ha realizado despidos masivos. Sin embargo, la protección legal es algo menor que la del funcionario de carrera, ya que se aplica el Estatuto de los Trabajadores y no la normativa de función pública.
No existe una vía directa de paso de personal laboral de Correos a funcionario de la AGE. Son escalafones distintos. Para ser funcionario habría que superar un proceso selectivo de oposición del cuerpo correspondiente.
Los trabajadores de Correos cotizan al Régimen General de la Seguridad Social, igual que los trabajadores del sector privado. No pertenecen a mutualidades de funcionarios como MUFACE o MUGEJU.